Registro de proveedores de facturación electrónica: Resolución NAC-DGERCGC26-00000027
La resolución crea dos obligaciones que afectan a todos los emisores de comprobantes electrónicos y, en particular, a quienes desarrollan o comercializan sistemas de facturación electrónica.
- Los comprobantes electrónicos deben identificar al proveedor del sistema de facturación.
- Los desarrolladores y comercializadores de esos sistemas deben registrarse ante el SRI y actualizar su RUC dentro de 30 días.
- Los emisores tienen 60 días para que sus comprobantes incluyan el RUC del proveedor: conviene coordinarlo con el proveedor tecnológico.
Equipo tributario de TRIARIUS. Este boletín es informativo y no constituye asesoría para un caso concreto.
